
Actividades cubiertas
- Las mismas que en España.
- Límite temporal de cobertura: 90 días a contar a partir de la fecha de cada salida del Estado.
Asistencia en viaje
- Repatriación o transporte Sanitario del herido o enfermo, incluso vigilancia, si procede.
- Regreso anticipado: por razones de fallecimiento de su cónyuge, hermano o hijos (billete de avión –clase turista- o ferrocarril –primera clase-) y regreso al lugar donde se encontraba.
- Desplazamiento de un acompañante familiar junto al asegurado si el mismo es hospitalizado y su estancia excede de 10 días.
- Repatriación o transporte en caso de defunción del asegurado. La Compañía organiza y se hace cargo del cuerpo desde el lugar del óbito hasta el de su inhumación en España.
- Pago o reembolso de gastos: médicos, quirúrgicos, farmacéuticos, así como hospitalización en el extranjero, la Compañía tomará a su cargo los gastos que sean a cada asegurado fuera de España a consecuencia de un accidente hasta un límite de 12.000 €.
- Sin embargo, esta cantidad será sin límite, previo acuerdo con la Compañía por prescripción facultativa, en el caso de inmovilización o bien si no existieran centros especializados en España para el tratamiento de una lesión determinada.
- Inmovilización en el hotel: si el asegurado no puede regresar por así estipularlo el médico que lo trate y de acuerdo con la Compañía, se hará cargo de los gasto debidos a la prórroga de estancia en el hotel hasta la cantidad de 45,00 €/día y hasta un límite de 450,00 €, total.
- Ayuda a la localización y envío de equipajes, en cada caso de pérdidas de éstos.
Indemnizaciones
Las mismas que en España hasta los límites estipulados según las edades.
Rescate
De Accidentado en cualquier medio y lugar, incluido en helicóptero, hasta un límite de 11.000,00 € por persona.
Responsabilidad civil
Defensa y Fianzas. Límite de garantías.
- Para daños materiales: 60.101,21 €
- Límite por víctima: 30.050,61 €
- Franquicia por asegurado: 30,05 €.





